OPINIóN
Impuestos

Puja por el IVA: contribuyentes, consumidores, Estado

“Eliminar el impuesto al valor agregado nacional, reemplazándolo por uno provincial significaría una poda en la recaudación tributaria de cada provincia, y profundizaría las diferencias que existen entre las jurisdicciones ricas y las pobres”, sostiene el autor y analiza el conflicto en profundidad.

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Mariano Ricciardi: "Una tasa es un impuesto que debe tener contraprestación de un servicio, pero eso no ocurre" | Freepik

En Argentina, en materia de recursos la sábana es corta. El impuesto al valor agregado es el que más aporta a la recaudación nacional. Lo mismo sucede con ingresos brutos en las provincias, agudizado en los años noventa después de la federalización de los servicios hecha por el gobierno, que se transfirieron sin la plata necesaria para poder cubrirlos. La ley de coparticipación federal viene sin actualizarse, desde el año 1988. Es como mirar una foto vieja, de las cuestiones demográficas y económicas que no responde a la realidad actual de las provincias.

Con todo esto el panorama es complicado. A pesar de los pactos fiscales firmados entre la Nación y las provincias, que casi siempre se incumplieron, las diferentes jurisdicciones se vieron obligadas a aumentar los porcentajes de los adelantos de retenciones, percepciones y descuentos bancarios, ahogando a los contribuyentes con anticipos que exceden las altas alícuotas que se aplican en la liquidación de los impuestos locales.

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Ingresos brutos está definido por las provincias, lo trasladan en “cascada” los contribuyentes y lo terminan soportando los consumidores de los bienes y servicios que contratan. Ahora se propone reemplazarlo por un llamado IVA provincial para que conviva con otro nacional. Los tres actores (Estado, contribuyentes y consumidores) se quejan y todos tienen razón en hacerlo, cada uno lo hace desde el lugar en que se encuentra parado.

Una expresión de la capacidad contributiva está dada con los consumos. Debería ser proporcional, los que consumen más deberían tributar más, sobre todo si se trata de bienes que integran la canasta básica de alimentos.

Los alimentos básicos, integrados por 24 productos, que se encuentran alcanzados con la tasa del 10,50%, son los siguientes: pan, harina de trigo, papa, batata, legumbres secas, hortalizas, frutas y carnes; los bienes que están gravados a la tasa del 21% son: galletitas, arroz, harina de maíz, fideos, azúcar, dulces, huevos, aceite, bebidas edulcoradas y gaseosas sin edulcorar, sal, vinagre, café, té y yerba. Sólo la leche se encuentra exenta en el impuesto. Todos los consumidores pagan lo mismo, independientemente de su capacidad económica.

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No parece justo gravar con diferentes impuestos el mismo hecho imponible, como ocurre con el impuesto al valor agregado e ingresos brutos. La corrección de este desvío debe realizarse cuidadosamente. Intentar eliminar espasmódicamente ingresos brutos, reemplazándolo por un IVA provincial, daría como resultado que las provincias dejen de obtener recursos que son necesarios para sostener los gastos públicos locales (salud, educación, etc.)

Manteniendo el IVA nacional, que sirve para equilibrar vía coparticipación el funcionamiento de las provincias de menos recursos, una manera de reducir los costos tributarios de la economía sería implementando el impuesto a las ventas, gravando sólo la última etapa de comercialización: la venta al consumidor final de los bienes y servicios.

De esta manera, se facilitaría el control por parte del Estado relacionado con el cumplimiento, y se evitaría que se incorpore el impuesto como un mayor costo en cada una de las etapas de producción y comercialización hasta llegar al consumidor final, que no lo puede trasladar a nadie más.

Eliminar el impuesto al valor agregado nacional, reemplazándolo por uno provincial además de significar una poda en la recaudación tributaria de cada provincia, profundizaría las diferencias que existen entre las jurisdicciones ricas en comparación con las pobres.

Esto tendría incluso consecuencias demográficas, aumentándose la concentración de población en determinados centros urbanos, dejando al país despoblado en grandes extensiones. Habría provincias ganadoras y perdedoras, de acuerdo a las riquezas geográficas, las actividades desarrolladas y las características culturares de cada lugar.

En teoría los impuestos internos tienen, también, su justificación. Con ellos el Estado debe desalentar el consumo de determinados bienes que puedan afectar la salud de la población, es lo que ocurre con el impuesto a las bebidas alcohólicas y a los cigarrillos. También, estos impuestos alcanzan a los consumos de bienes suntuarios. Recordemos que los impuestos deberían tener como función hacer más equitativa la vida en sociedad. Si no cumple con ese objetivo, el problema no son solamente los impuestos sino a quiénes se les cobra y qué hace el Estado con el dinero que recauda.

Desde este año, las empresas tienen que discriminar en las facturas y tickets que emiten a consumidores finales, el impuesto al valor agregado y los demás impuestos nacionales que gravan las operaciones (impuestos internos, etc.) La ley invita a las provincias a copiar la medida dando a conocer los tributos locales.

En cada compra de un producto para consumir o en el momento de recibir una factura por un servicio prestado, el consumidor desconoce el efecto producido por los impuestos nacionales y provinciales que están incluidos en el precio. En la venta de productos de consumo masivo, se encuentran las etiquetas que alertan sobre las contraindicaciones de los insumos contenidos en el producto final, que nos puede influir en la decisión que tomemos. Sin embargo, hasta el año pasado nada se informaba sobre la cantidad de impuestos que están incluidos en su precio de venta o del servicio.

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En el momento en que compramos un paquete de fideos pagamos impuestos, con la cuota de la medicina prepaga también lo hacemos y si contratamos un curso de idioma seguimos tributando. Hasta sobre el alimento básico, que es el pan, todos pagamos IVA.

Los impuestos están “escondidos” dentro de todos los bienes y de los servicios que consumimos todos los días. Lógicamente, al aumentar los precios por efectos de la inflación, se incrementa la recaudación impositiva del Estado.

Desde el marco teórico, los tributos que gravan el consumo se definen como indirectos, ya que no recaen directamente sobre las personas, sino que alcanzan a las transacciones que éstas realizan con los bienes y servicios. Además, se los define como regresivos porque se les cobra a todos por igual, aplicándose la misma alícuota, sin tener en cuenta la capacidad contributiva que posee cada persona, la tasa del 21% que tiene un paquete de fideos, o la del 10,5% que incluye el pan las pagan todos de la misma forma.

Los tributos que afectan al consumo, salvo las exenciones legales previstas, son el Impuesto al Valor Agregado, los Impuestos Internos e Ingresos Brutos, constituyendo un caso de doble imposición porque tres impuestos gravan el mismo hecho imponible.

En la Argentina el IVA apareció en enero de 1975, con una tasa general del 13% y otra para bienes de lujo del 21%, estando exentos todos los alimentos que integran la canasta familiar dado que representaba un costo muy alto para los consumidores finales.

Sin embargo, poco a poco se fue ampliando la base incluyéndose esos productos de la canasta básica. La alícuota del IVA fue modificándose, en 1986 era del 18%; entre 1988 y 1992 bajó al 13%; en 1992 volvió al 18%, y a partir de 1995 y hasta la actualidad es del 21%. Hubo un período (18/11/2002 al 17/12/2003) que se redujo transitoriamente al 19%, pero luego volvió al 21%. En ese momento a pesar de la reducción de la alícuota los precios no bajaron.

Luego del resultado de las elecciones PASO del 2019, como consecuencia del resultado electoral, el gobierno dispuso desgravar del IVA a trece productos de la canasta básica de alimentos. Luego, una de las primeras medidas que tomó el gobierno que siguió fue la de hacer un enroque, eliminando esa desgravación de los productos, que había sido creada en el año 2019, por la devolución de un importe dirigida a los sectores de bajos recursos al utilizar las tarjetas para realizar la compra.

Este gobierno al asumir dejó vencer la medida y actualmente no existe vigente ninguna rebaja o devolución del IVA. Por medio de la ley 27.743 se obliga a exhibirlo, pero no se redujo el impuesto.

Los servicios públicos pagan por el IVA la alícuota del 21%, sin tener en cuenta la capacidad contributiva del que paga. Esta tasa se incrementa al 27% cuando el prestatario es inscripto en el Monotributo"

Los locales comerciales que alquilan deben tributar el Impuesto al Valor Agregado, en la medida que el importe mensual del alquiler supere $ 1.500. Este valor nunca fue actualizado, como si en 20 años no la inflación no hubiera existido.

Los servicios públicos pagan por el IVA la alícuota del 21%, sin tener en cuenta la capacidad contributiva del que paga. Esta tasa se incrementa al 27% cuando el prestatario es inscripto en el impuesto o en el Régimen Simplificado (Monotributo)

Para algunas prestaciones básicas de salud hay “contemplaciones”; por ejemplo: la atención médica cubierta mediante la afiliación obligatoria se encuentra exenta, las derivadas de las afiliaciones voluntarias (prepagas) están alcanzadas a la alícuota del 10,5%. Las prestaciones particulares, sin cobertura de obra social, sufren la carga del 21% de impuesto. En la salud también influyen los impuestos, casi imperceptiblemente.

La venta de medicamentos, en la medida que hayan tributado el impuesto en su primera etapa de comercialización se encuentra exenta del IVA. La educación, vinculada a los planes oficiales aprobados por el Ministerio de Educación, también están exentos; sin embargo, todos los demás cursos de capacitación tienen que pagar la tasa general del impuesto.

Pensar un país con sólo tres impuestos es una utopía. Ellos sirven para mantener las prestaciones indelegables que realiza el Estado, ahí el mercado no atiende, y si lo hace es para unos pocos. Una reforma necesita de leyes, de acuerdos entre las distintas jurisdicciones y de una planificación adecuada que permita medir las consecuencias para todos los actores.

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