El domingo 18 de mayo, los porteños volverán a las urnas para renovar 30 bancas de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que representa la mitad del cuerpo legislativo. La jornada electoral tendrá un horario establecido y, como es habitual, el voto será obligatorio para quienes estén habilitados en el padrón.
Según lo estipulado en la Constitución Nacional, los votantes tienen 10 horas para acercarse a la mesa correspondiente y emitir su voto el día de las elecciones nacionales. Los centros de votación abrirán a las 8:00 y cerrarán a las 18:00. Durante ese lapso, los electores podrán acercarse a sus respectivas mesas a emitir su sufragio. Se recomienda asistir con anticipación para evitar aglomeraciones sobre el cierre.
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El voto es obligatorio en la Ciudad de Buenos Aires, y quienes no se presenten deberán justificar su ausencia ante la Justicia Electoral en un plazo máximo de 60 días posteriores a la elección. De lo contrario, podrían enfrentar multas económicas y restricciones administrativas.
Las sanciones por no votar incluyen:
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Multas de entre $1.000 y $2.000, según el historial del infractor.
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Trabajo comunitario por hasta tres días, en caso de ser ordenado por la autoridad competente.
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Doble sanción si la persona fue designada autoridad de mesa y no se presentó.
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Prohibición de realizar trámites oficiales por un año, a menos que se abone una multa simbólica de $100.
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¿Cómo justificar la no emisión del voto?
La falta debe justificarse con documentación válida y presentarse ante el Juzgado Federal con competencia electoral correspondiente. Estos son los motivos válidos para no votar:
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Estar a más de 500 km del lugar de votación: se necesita constancia emitida por comisaría o entidad oficial.
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Razones de salud: presentar certificado médico.
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Tareas laborales esenciales: el empleador debe notificarlo previamente al Tribunal Electoral.
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Actuar como fiscal en otra mesa o estar trabajando en la elección: se debe contar con acreditación oficial.
La constancia debe cargarse en el Registro de Infractores antes del cierre del comicio, para evitar penalizaciones.
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¿Qué documentos son válidos para votar?
Para poder emitir el voto, es necesario acreditar la identidad con alguno de los siguientes documentos válidos:
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DNI tarjeta, incluso si indica “no válido para votar”
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DNI libreta celeste o libreta verde
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Libreta cívica
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Libreta de enrolamiento