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Derecho de huelga: qué sectores son considerados esenciales con la nueva normativa del Gobierno

El régimen impuesto por el Gobierno ya está en vigencia y “si alguna entidad gremial decretara una huelga, va a tener que garantizar al menos 75 o 50% de los servicios”, comentó el abogado constitucionalista, Christian Cao.

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Derecho a huelga | Cedoc

El abogado constitucionalista, Christian Cao, habló con Canal E y analizó en profundidad el alcance y las implicancias del DNU 340 firmado por el presidente Javier Milei, que establece restricciones al derecho de huelga en sectores considerados esenciales o de importancia trascendental.

"Este decreto de necesidad de urgencia viene a fijar en los sectores productivos dos tipos de categorías", explicó Christian Cao. "Para el eventual caso de un conflicto colectivo laboral, los trabajadores deben garantizar al menos el 75% de la capacidad productiva" en servicios esenciales y "un 50%" en actividades estratégicamente importantes.

Cuáles son las actividades calificadas como esenciales

Entre las actividades clasificadas como esenciales, mencionó "servicio de salud, suministro de energía, de agua potable, de gas natural, telecomunicaciones, aduana, educación". En cuanto a las de trascendencia económica, citó "fabricación de medicamentos, transporte terrestre, subterráneo, radio, televisión, actividades industriales en general".

Sobre la validez y futuro del decreto, Cao advirtió que, "va a tener el desafío de ir a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación y luego ser tratado por la Cámara de Diputados y por el Senado". Mientras tanto, señaló que, "empieza a aplicar a partir de hoy, si alguna entidad gremial decretara una huelga, va a tener que garantizar al menos 75 o 50% de los servicios".

Se espera una reacción de los gremios contra la medida

Sin embargo, previó un conflicto: "Se espera una catarata de presentaciones judiciales por parte de gremios y sindicatos, un conflicto judicial por un lado, pero político también por el otro". El decreto replica medidas ya tomadas en el DNU 70/2023, que "está declarado inconstitucional y en estudio en la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

El abogado cuestionó también la legitimidad del nuevo decreto: "Ha sido dictado sin que haya necesidad y urgencia, al menos en mi opinión, y además estando el Congreso en actividad". A su vez, agregó que, "la división de poderes en la República Argentina es clara respecto a lo que tiene que hacer cada uno de los hombres".

En cuanto a las posibilidades de avanzar con reformas estructurales en lo previsional, laboral y tributario, sostuvo: "Indudablemente va a necesitar el apoyo del Congreso de la Nación". Pero advirtió que, "el mismo día se aprobó el decreto 342", que permite intervenir gremios con acefalía o conflictos internos, lo que "establece algún ruido en las centrales gremiales o sindicales".

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